
CONTABILIDAD
PARA
MICRO EMPRESARIOS
CARTILLA DIDÁCTICA
Causacion Y Periodo Gravable
se debe tener en cuenta que, para la autorización del espectáculo público el contribuyente del Impuesto Unificado de Fondo de Pobres, Azar y Espectáculos, debe pagar a título de anticipo el 30% del impuesto que se generaría con la venta de la totalidad de las boletas autorizadas, para hacer dicho pago debe diligenciar el formulario único de Retención y/o Anticipo del Impuesto Unificado de Fondo de Pobres, Azar y Espectáculos.
La Base Gravable será el valor de los ingresos brutos, obtenidos sobre el monto total de:
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Las boletas de entradas a los espectáculos públicos.
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Las boletas, billetes, tiquetes, fichas, monedas, dinero en efectivo o similares, en las apuestas de juegos.
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Las boletas, billetes, tiquetes de rifas.
El valor de los premios que deben entregar en los sorteos de las ventas bajo el sistema de clubes, en las rifas promociónales y en los concursos