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Seguridad social

Cuando se habla de relación laboral, contrato de trabajonómina, etc., se habla siempre de seguridad social.

Todo colombiano, y en especial todo trabajador, tiene derecho a que se le garantice la seguridad social integral, entendida esta como la cobertura en salud y los riesgos de invalidez, vejes y muerte, al igual que la cobertura en caso de accidentes de trabajo.

Aunque la constitución nacional establece que el estado debe garantizar la seguridad social de los ciudadanos, quienes realmente la deben garantizar son los empleadores que vinculan trabajadores mediante contrato de trabajo, puesto que deben afiliar al trabajador a las distintas entidades que administran la seguridad social.

La seguridad social integral se compone de tres elementos:

  • Salud

  • Pensión

  • Riesgos laborales

Todo empleador debe afiliar a sus empleados tanto al sistema de salud, como al de pensión y riesgos laborales.

La salud es gestionada por las EPS. La pensión es gestionada por los fondos de pensión. Los riesgos laborales  son gestionados por las ARL.

La cotización a salud es del 12.5 distribuida así: 4% aporta el trabajador y 8.5% aporta el empleador.

La cotización a pensión es del 16% distribuida así: 4% aporta el trabajador y 12% aporta el empleador.

La cotización a riesgos laborales  varía según el riesgo a que se exponga cada trabajador, y en su totalidad es aportada por la empresa o empleador. Los aportes varían entre un 0,348% para el nivel I de riesgo y 8.7% para el nivel V de riesgo.

El trabajador elige la EPS y el fondo de pensión donde se quiere afiliar. El empleador elige la ARP donde desea afiliar a sus trabajadores.

En el caso de los trabajadores independientes,son estos quienes deben afiliarse al sistema de seguridad social y realizar las cotizaciones respectivas.

© 2018 creado por Contabilidad y Finanzas 1321392 B

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