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MARCO NORMATIVO DE LA CONTABILIDAD EN COLOMBIA.

La contabilidad en Colombia principalmente estaba regida  por decretos y normas que se conocían como “Norma local”, la cual hacía referencia a una serie de alineamientos internos; es decir, propios del país; y que no tenían un alcance internacional.

En el año 2009, y por mandato de la presidencia de Colombia se creo la ley 1314, mas conocida como la ley de convergencia, la cual consistía en el cambio de la norma local manejada anteriormente, a las NIIF (Normas internacionales de información financiera) las cuales se definen como el conjunto homogéneo de principios y normas que rigen la contabilidad a nivel internacional.

  • LINEA TEMPORAL- Cambio de normatividad.

LEY DE CONVERGENCIA (LEY 1314)

Como su nombre lo indica, la ley de convergencia es la unión de una serie de normas a nivel internacional, y hace referencia al cambio de normatividad presente en dicha ley.

En el artículo N°1 dice que “ se expedirán una serie de normas contables, de información financiera y de aseguramiento de la información”, esto, con el fin de crear un sistema único y homogéneo de alta calidad, donde los informes contables y estados financieros puedan presentarse de una manera comprensible, transparente y comparable.

Pero, ¿Qué se entiende por normas de contabilidad?

Según el articulo N°3 de la presente ley, se entienden por normas de contabilidad aquel sistema compuesto por:

  • Postulados.

  • Principios.

  • Limitaciones.

  • Conceptos.

  • Normas técnicas generales.

  • Normas técnicas específicas.

En pocas palabras, son un conjuntos de normas, guías e interpretaciones que le permiten a la empresa: Identificar, clasificar, reconocer, interpretar, analizar, evaluar e informar, las actividades realizadas por un ente económico., esto con el fin de poder realizar una toma de decisiones que beneficien a la empresa.

 

¿QUIENES ESTAN OBLIGADOS A LLEVAR DICHA CONTABILIDAD?

“Según lo dispuesto en el artículo 19 del Código de Comercio, está obligado a llevar contabilidad, de todas sus operaciones diarias y conforme a las prescripciones legales, todo aquél que sea considerado comerciante, independientemente de si es una persona natural o jurídica”

En el artículo N°2 se plantea que se expedirán una serie de normas contables para microempresas ( contabilidad simplificada) que cumplan con los requisitos dispuestos en el ART 499 del estatuto tributario, dichas características son aquellas que definen quienes son régimen simplificado.

  1. Que en el año anterior hubieren obtenido ingresos brutos totales provenientes de la actividad, inferiores a tres mil quinientas (3.500) UVT.

  2. Que tengan máximo un establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio donde ejercen su actividad.

  3. Que en el establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio no se desarrollen actividades bajo franquicia, concesión, regalía, autorización o cualquier otro sistema que implique la explotación de intangibles.

  4. Que no sean usuarios aduaneros.

  5. Que no hayan celebrado en el año inmediatamente anterior ni en el año en curso contratos de venta de bienes y/o prestación de servicios gravados por valor individual, igual o superior a tres mil quinientas (3.500) UVT.

  6. Que el monto de sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras durante el año anterior o durante el respectivo año no supere la suma de tres mil quinientas (3.500) UVT.

¿CUALES SON LOS BENEFIOS DE ADOPTAR NIIF?

Los beneficios de adoptar estas normas parten de dos principios básicos, competitividad y credibilidad:

 ¿CUALES FUERON LAS DENVENTAJAS EN LA ADOPCION DE LAS NIIF?

Al adoptar dichas normas, el país paso por un cambio abrupto, en el cual los pocos recursos humanos capacitados en el tema generaron una serie de desventajas en este proceso de cambio.

Para consultar la ley, ir al siguiente link:http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=36833

DECRETO 2706 DEL 2012

En el decreto 2706, el presidente de la republica de acuerdo con lo planteado en la ley 1314, expidió el “Marco Técnico Normativo de Información Financiera para las Microempresas”, con el fin de establecer un régimen de contabilidad aplicable a microempresas.

Dicho decreto esta compuesto por cinco artículos que establecen:

DECRETO 3019 DEL 2013

En este decreto se modifica el marco normativo planteado en el decreto 2706 de 2012, se realizan una modificaciones a los requisitos de la microempresa para llevar contabilidad simplificada y la vigencia del decreto.

Para consultar el decreto completo dirigirse al siguiente link:  http://www.ctcp.gov.co/athena/fileman/DOC_CTCP_1_4_1296.pdf

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