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Sanciones por extemporaneidad

Esta sanción es aquella que debe pagar un contribuyente, si presenta sus declaraciones tributarias luego de vencido su plazo para el pago de esta.

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Esto, esta contemplado en en los Artículos 641 y 642 del Estatuto tributario, sanción que el contribuyente debe calcular y pagar una vez que presente su declaración extemporánea, es decir, posterior a la fecha en que legalmente debió haberla presentado. 

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