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Sanciones por extemporaneidad

Esta sanción es aquella que debe pagar un contribuyente, si presenta sus declaraciones tributarias luego de vencido su plazo para el pago de esta.

Esto, esta contemplado en en los Artículos 641 y 642 del Estatuto tributario, sanción que el contribuyente debe calcular y pagar una vez que presente su declaración extemporánea, es decir, posterior a la fecha en que legalmente debió haberla presentado. 

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